PROYECTO DE LEY DE DESAFILIACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE APORTES A LOS INTEGRANTES DE LA PNP QUE SOLICITEN SU RETIRO VOLUNTARIO AL FONDOS DE VIVIENDA POLICIAL (FOVIPOL)Artículo
El congresista Mario Javier Quisper Suarez, miembro del grupo parlamentario Alianza Para el Progreso, presentó el Proyecto de Ley 5860/2020-CR que tiene como fin permitir a los integrantes de la Policía Nacional del Perú desafiliarse al Fondo de Vivienda Policial (FOVIPOL).
1o.- Objeto de la ley
Proceder a la inmediata desafiliación de los miembros aportantes que hayan solicitado su renuncia voluntaria y/o que decidieran renunciar en un futuro a ser asociado del Fondo de Vivienda Policial. Asimismo, ordenar el reembolso de los descuentos efectuados al asociado, desde que este hizo conocer su voluntad de renuncia.
Artículo 2°.- Alcances de la presente ley
Esta ley tiene alcance a todos los policías asociados al FOVIPOL que hayan renunciado a ser socios del mismo y/o que en futuro decidiesen hacerlo, de tal forma que puedan hacer valer su derecho a dejar de ser asociado obligatorio.
Artículo 3o.- De las condiciones para proceder a la desafiliación
El asociado deberá haber hecho su renuncia voluntaria al FOVIPOL, de acorde a lo establecido en la Ley N° 24686, Ley que crea en cada Instituto de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales EL Fondo De Vivienda Militar y Policial y lo establecido acorde a su REGLAMENTO DE LOS FONDOS DE VIVIENDA MILITAR Y POLICIAL según DECRETO SUPREMO N° 091 – DE/CCFFAA.
Artículo 4°.- De las instituciones responsables
Autorizar al Ministerio del Interior sírvase a realizar las gestiones necesarias para la ejecución inmediata de la desafiliación de los asociados que hayan renunciado a tal condición y/o que en el futuro así lo decidieran. Asimismo, ordenar el reembolso de los descuentos efectuados al asociado, desde que este hizo conocer su voluntad de renuncia.
Disposiciones complementarias
ÚNICA.- La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.